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NOTAS
DERECHOS Y DEBERES DEL TRABAJADOR

Derechos

Entre los principales derechos del trabajador podemos enumerar:

Ø      A percibir la remuneración.

Ø      A que se le garantice la ocupación efectiva de acuerdo con su calificación o categoría personal.

Ø      A recibir igual trato en identidad de situaciones y circunstancias.

Ø      A la promoción profesional, y a la formación y capacitación en el trabajo.

Ø      A recibir el goce íntegro y oportuno de los beneficios que le acuerdan las leyes, estatutos especiales, convenciones colectivas del trabajo y sistemas de seguridad social.

Ø      A cuestionar dentro de los 30 días corridos de notificado las medidas disciplinarias aplicada por el empleador.

Ø      A recibir seguridad y protección cuando se aloja en el establecimiento, y vivienda digna y alimentación adecuada, cuando estas obligaciones son asumidas por la empresa.

Ø      A recibir constante escrita del cumplimiento por el empleador de los aportes y contribuciones a los organismos de la seguridad social y sindicales, y certificado de servicios y remuneraciones al extinguirse el contrato por cualquier causa.

Ø      A ser protegido en su salud dentro del ámbito laboral (deber del empleador de prevención y seguridad).

Ø      A ser resarcido de todo daño sufrido en su persona y bienes.

Ø       A que se le reconozca la propiedad de sus invenciones y descubrimientos personales.



Deberes


Entre los principales deberes del trabajador podemos mencionar:

Ø      Obrar de buena fe, ajustando su conducta a lo que es propio de un buen trabajador.

Ø      Obedecer y respetar las facultades del empleador de organizar económica y técnicamente el trabajo y la empresa, y su derecho a dirigirlo.

Ø      Aceptar los cambios que introduzca el empleador relativos a la forma y modalidades de la presentación del trabajo, en tanto no sean irrazonables ni causen perjuicio material ni moral al trabajador.

Ø      Respetar las facultades y medidas disciplinarias del empleador, sin perjuicio del derecho del trabajador a cuestionar su procedencia, tipo o extensión.

Ø      Respetar los sistemas de controles personales, siempre que se practiquen con discreción y salvaguarden la dignidad del trabajador.

Ø      Prestar el servicio con puntualidad, asistencia regular y dedicación adecuada a las características de su empleo y a los medios instrumentales que se le provean.

Ø      Cumplir los deberes de fidelidad que deriven de la índole de las tareas que tenga asignadas, guardando reserva o secreto de las informaciones a que tenga acceso.

Ø      Obedecer las órdenes e instrucciones que se le impartan sobre el modo de ejecución del trabajo, ya sea por parte del empleador o sus representantes.

Ø      Custodiar y conservar los instrumentos, maquinarias, equipos y útiles de trabajo.

Ø      Responder ante el empleador por los daños que cause por dolo o culpa grave en el ejercicio de sus tareas.

Ø      Abstenerse de hacer negociaciones por cuenta propia o ajena que pudieran afectar los intereses del empleador.

Ø      Prestar los auxilios o ayudas extraordinarias que se requieran en caso de peligro grave o inminente para las personas o para las cosas incorporadas a la empresa.

 

 

 



 

 


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