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NOTAS
SUCESIÓN

SUCESION.
La sucesión es el mecanismo por el cual una persona ocupa en derecho el lugar de otra. Condición previa para que pueda darse la sucesión es que los bienes o derechos objeto de sucesión sigan subsistiendo al desaparecer el sujeto de estos derechos.

En la sucesión familiar o en la patrimonial, la familia y el patrimonio siguen en pie aunque haya muerto el sujeto, y se trata tan sólo de sustituir a la persona en una institución o en unos bienes que duran más que ella. Además del sujeto y el objeto de la sucesión, se necesita el elemento causal, el  que da derecho a suceder.
Las relaciones jurídicas solo subsisten entre sujetos y por ello el fallecimiento de una persona nos pone frente a la cuestión de subsistencia o insubsistencia de las relaciones jurídicas que tenían como sujeto al extinto.


El fundamento primero, es la protección de la familia, y no la voluntad de quien dispone de sus bienes.
El límite lo constituyen los herederos forzosos: descendientes, ascendientes y cónyuges, lo que comúnmente se llama, desde el Derecho Romano, La legítima.

 



 

 


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